10/02/2015
El decreto de aplicación de la Ley de Empleo (Jobs Act) muestra una gran falta de estima y desconfianza en el poder judicial, dado qué
prevé estrictamente la disciplina y cuáles son las consecuencias en materia de despido por justa causa o razón ilegítima. Se puede
solicitar el reintegro del trabajador:
1.- si el hecho controvertido no subsiste, o
2.- si no ha cometido ninguna controversia.
En el caso en que exista el hecho controvertido por parte del trabajador, por ningún motivo podrá obtener la
reintegro al trabajo o a cualquier otro encargo dentro de la empresa. La normativa es inequívoca.
Si el hecho controvertido existe pero el despido resulta desproporcionado respecto a lo establecido en el contrato colectivo del código disciplinariode la empresa y de los decretos generales de la ley; el juez deberá reconocer la ilegitimidad del despido y conceder al trabajador una compensación por daños y perjuicios tomando en consideración la tarifa fija prevista por ley, excluyendo la posibilidad de retomar el trabajo.
Para contabilizar la indemnización por daños y perjuicio el juez no podrá decidir entre el mínimo y el máximo ( de 12 a 24 mensualidades
tal y como se aplica para los trabajadores contratados previamente), su trabajo se limitará meramente al de un contador "deberá controlar los años laborales y aplicar un cálculo aritmético con una fórmula matemática, de esta manera: "remuneración total de las labores mensuales multiplicado por 2 y por los años de trabajo, con un límite mínimo de 4 y máximo de 24 mensualidades.
El sistema adoptado permite a la empresa conocer anticipadamente los costos exactos del despido ilegítimo de un trabajador contratado
anteriormente.